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Acuerdo de 30 de abril de 2025, del Pleno del Tribunal Constitucional, sobre cómputo de plazos procesales y administrativos los días 28 y 29 de abril de 2025.

Resumen

La Ley Orgánica de este Tribunal 2/1979, de 3 de octubre, remite en el artículo 80 a la Ley Orgánica del Poder Judicial y a la Ley de Enjuiciamiento Civil en materia de cómputo de plazos, y el Pleno de este Tribunal, a prepuesta de su presidente, y en ejercicio de las atribuciones conferidas en el artículo 10.1.n de la citada Ley Orgánica 2/1979, adopta el siguiente acuerdo: En los plazos para realizar cualesquiera actuaciones procesales o administrativas ante este Tribunal Constitucional no se computarán los días 28 y 29 de abril de 2025.