Resolución de 12 de marzo de 2024, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la calificación de la registradora de la propiedad de Pozuelo de Alarcón n.º 2, por la que se deniega la inscripción de una sentencia de divorcio con aprobación de convenio regulador.

Resumen

En el recurso interpuesto por doña M. U. R. contra la calificación de la registradora de la Propiedad de Pozuelo de Alarcón número 2, doña Marta Cavero Gómez, por la que se deniega la inscripción de una sentencia de divorcio con aprobación de convenio regulador. Hechos I Mediante sentencia dictada el día 16 de abril de 2013 por el Juzgado de Primera Instancia número 4 de Pozuelo de Alarcón en procedimiento de divorcio, se decretaba disolución del matrimonio por causa de mutuo acuerdo entre doña M. U. R. y don A. V. P. y se aprobaba el convenio regulador suscrito el día 16 de abril de 2013, del cual interesa reseñar a los efectos de este expediente que, en el mismo, constaba que «el último domicilio conyugal es el de la C/ (…), Pozuelo de Alarcón (Madrid), el cual es propiedad de “Lamosca SL”, sociedad que pertenece a ambas partes (…) Estipulaciones (…) 6.1 La vivienda familiar es propiedad de Lamosca 2000 SL, sociedad que a su vez es propiedad de los Sres. U. y que el Sr. V. representa