El sistema de cotización por ingresos reales
Desde enero de 2023, los trabajadores autónomos en España cotizan a la Seguridad Social en función de sus rendimientos netos reales, y no de una base elegida libremente como ocurría antes. El objetivo es que cada autónomo pague proporcionalmente a lo que gana.
Cómo se calculan los rendimientos netos
Los rendimientos netos se calculan restando los gastos deducibles de los ingresos brutos de la actividad. Sobre ese resultado neto anual, la Seguridad Social aplica además una deducción por gastos genéricos del 7% (3% para autónomos societarios). El resultado se divide entre 12 meses para determinar el tramo correspondiente.
Tipo de cotización
El tipo general de cotización para autónomos es del 31,30%, que incluye:
- Contingencias comunes: 28,30%
- Contingencias profesionales: 1,30%
- Cese de actividad: 0,90%
- Formación profesional: 0,10%
- MEI (Mecanismo de Equidad Intergeneracional): 0,70%
Tarifa plana para nuevos autónomos
Los nuevos autónomos que se den de alta por primera vez (o que no hayan estado de alta en los 2 años anteriores) pueden acogerse a una cuota reducida de 80 €/mes durante los primeros 12 meses. Si los rendimientos netos siguen por debajo del SMI, la tarifa plana se extiende otros 12 meses.
Regularización anual
A lo largo del año, el autónomo paga cuotas basadas en una previsión de rendimientos. Una vez presentada la declaración de la renta, la Seguridad Social regulariza las cotizaciones: si se ha pagado de más, devuelve la diferencia; si se ha pagado de menos, reclama el importe correspondiente.