Qué es el Ingreso Mínimo Vital
El Ingreso Mínimo Vital (IMV) es una prestación no contributiva de la Seguridad Social, creada por el Real Decreto-ley 20/2020, que garantiza un nivel mínimo de renta a los hogares en situación de vulnerabilidad económica. Su gestión corresponde al Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS).
Requisitos principales
- Tener entre 23 y 65 años (salvo excepciones: menores con hijos a cargo, víctimas de violencia de género, etc.)
- Residir legalmente en España de forma continuada durante al menos un año
- Que la renta del año anterior sea inferior a la renta garantizada
- Que el patrimonio no supere determinados límites (3 veces la renta garantizada anual, con incrementos por miembros adicionales)
- Haber solicitado previamente las prestaciones a las que se pudiera tener derecho
- Estar inscrito como demandante de empleo (si se es mayor de edad y en edad laboral)
Renta garantizada 2026
La cuantía base para un adulto solo es de aproximadamente 604 €/mes. Por cada miembro adicional de la unidad de convivencia se incrementa en 169 €/mes, hasta un máximo según el tamaño del hogar.
Cómo se calcula
El IMV es la diferencia entre la renta garantizada para la composición del hogar y los ingresos reales de la unidad de convivencia. Si la unidad ya percibe rentas, el IMV complementa hasta alcanzar el nivel garantizado.
Compatibilidad con empleo
Desde las reformas recientes, el IMV es compatible con ingresos por trabajo, aunque la cuantía se reduce progresivamente. Esta compatibilidad busca incentivar la búsqueda activa de empleo sin perder la protección.
Cómo solicitar el IMV
La solicitud se presenta ante el INSS por vía electrónica (Sede Electrónica de la Seguridad Social) con certificado digital, DNI electrónico o Cl@ve, o de forma presencial en las oficinas de la Seguridad Social previa cita. No se tramita a través del SEPE.